Apela diputada Reforma Hacendaria, a favor de los pequeños contribuyentes

Ciudad de México, Abril 03 (2014).- La Diputada Federal Tere Jiménez se manifestó siempre en contra de la Reforma Hacendaria, por representar un peligro para la economía de los sectores más vulnerables. En virtud de ello, respaldó la entrega de más de 50 amparos que interpuso ante la instancia federal el Consejo Coordinador de Pequeñas y Medianas Empresas (CCPyME) en Aguascalientes a principios del mes de marzo.

“El Sistema de Administración Tributaria ha sido un verdadero dolor de cabeza para los contribuyentes, pues colapsó su capacidad de atención, asesoría y dificulta la posibilidad de procesar altas en el sistema, lo que ocasiona incertidumbre y altos costos al contribuyente”, precisó.

La diputada emanada del PAN, recalcó que los estragos de la Reforma Fiscal ya son visibles, siendo que la ley supuestamente les permitiría un año de prorroga a los pequeños comerciantes para regularizarse tras la incorporación al régimen general; por lo que dijo que no permitirá que se siga afectando a las familias, con el atentado a la permanencia de los negocios locales.

“El tiempo nos dio la razón a los Panistas, la Reforma Hacendaria aprobada por el PRI y sus aliados, ha provocado la afectación de 10 millones 800 mil microempresarios en el país” subrayó.

La legisladora federal presentará hoy (jueves 3 de abril) junto con la bancada del albiceleste, una apelación para revertir la Reforma y evitar que los comerciantes, se vean obligados a tributar como las grandes trasnacionales.

“Acción Nacional va a corregir la plana al Gobierno en beneficio de más de 10 millones de contribuyentes; presentaremos una iniciativa para regresar a los microempresarios al mismo sistema en el que venían tributando. Impulsaremos además una nueva Ley de Amparo, que permita que quien no tiene acceso a este recurso, pueda beneficiarse de una declaratoria general de inconstitucional emitida por los tribunales” enfatizó.

Tere Jiménez reiteró que su compromiso es con la gente y velará porque los impuestos no sean usados para coartar su estabilidad económica y empresarial; ponderó que si estos gravámenes son impuestos nocivos e inconstitucionales, no deben pagarse.

“La iniciativa que presentará el PAN ayudará a los microempresarios, quienes podrán beneficiarse de los miles de amparos presentados por los grandes contribuyentes, además de darles mayor certidumbre, restablecer el principio de equidad y proporcionalidad, e incentivar su fortalecimiento con la finalidad de facilitar el cumplimento de las obligaciones fiscales” detalló.

La iniciativa de la bancada del PAN, contempla que esta reforma va dirigida a las personas físicas que realicen actividades empresariales (que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general por los que no se requiera para su realización título profesional); las personas físicas que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, siempre que el total de los ingresos obtenidos por la actividad comercial, en el ejercicio inmediato anterior no superen la cantidad de un millón y medio de pesos.

-En sus obligaciones tendrán las mismas que tenían antes de la reforma publicada en diciembre de 2013 tales como: Expedir Nota de Venta por importes superiores a $100.00 (cien pesos M.N)

6. Estarán obligados a presentar sus pagos de manera Bimestral; no trasladarán IVA; tratándose de erogaciones por concepto de salarios los contribuyentes deberán efectuar la retención y en entero por concepto del Impuesto sobre la Renta de sus Trabajadores conforme a las disposiciones previstas en esta ley y su reglamento (esta obligación podrá no ser aplicada hasta por tres trabajadores cuyo salario no exceda el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado el año).

-Deberán presentar a más tardar el 31 de marzo del ejercicio siguiente, declaración informativa por los pagos realizados a sus trabajadores, así como declaración informativa de sus proveedores que superen un monto anual de $50,000.00 (cincuenta mil pesos M.N).

-Las personas físicas que paguen este impuesto calcularán el mismo aplicando la tasa del 2% a la diferencia que resulte de disminuir al total del ingresos que obtengan en el mes en efectivo, en bienes o en servicios un monto equivalente a cuatro veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año y sólo llevarán un registro de sus ingresos diarios, sin contabilidad formal.

(Boletín)